A- de 2017
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Ricardo Rodriguez Henao·Demandado Superintendencia Financiera De Colombia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia a prevención
- No establece competencia sino reglas de simple reparto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Villavicencio, la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado Tercero Administrativo de Bogotá.
Revisado el caso concluye la Corte que al Tribunal precitado no le era dable declararse sin competencia para resolver el asunto, toda vez que la Corporación ha reiterado que ninguna decisión por la aplicación o interpretación del Decreto 1382 de 2000 genera un conflicto de competencia, ni siquiera aparente.
Teniendo en cuenta que dicho Tribunal es competente para conocer el caso, no solo por ejercer jurisdicción en el lugar donde ocurre la supuesta vulneración o amenaza de los derechos fundamentales alegados por el actor, sino por haber sido la autoridad que primero conoció la solicitud de amparo, se ordena remitirle el expediente, para que de manera inmediata lo tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 12 de enero de 2017, proferido por la Subseccion D de la Seccion Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, dentro del expediente ICC-2768.
- SEGUNDO. REMITIR a la Subseccion D de la Seccion Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca el expediente ICC-2768, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar, dentro de la accion de tutela presentada por Ricardo Rodriguez Henao contra la Superintendencia Financiera de Colombia.
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaria General, se comunique la decision adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado 1o Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.